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Extintores: tipos, normativa y dotación obligatoria

Todo sobre extintores portátiles: eficacia mínima, tipos por agente, distancia máxima de recorrido, señalización y programa de mantenimiento. Extintores: tipos, normativa y dotación obligatoria Qué es…

Todo sobre extintores portátiles: eficacia mínima, tipos por agente, distancia máxima de recorrido, señalización y programa de mantenimiento.

1. Qué es un extintor y qué dice la normativa

Un extintor de incendios es un aparato autónomo que contiene un agente extintor que puede proyectarse y dirigirse sobre un fuego por la acción de una presión interna. Esa presión puede ser permanente (extintores de presión incorporada) o generarse en el momento del uso mediante la liberación de un gas auxiliar (extintores de presión por cartucho).

El marco normativo que regula los extintores en España se articula en tres niveles:

  • Norma de producto: UNE-EN 3 (extintores portátiles) y UNE-EN 1866 (extintores sobre ruedas). Determinan los requisitos técnicos, ensayos y marcado CE de cada equipo.
  • Norma de instalación y mantenimiento: RD 513/2017 (RIPCI). Regula cómo deben instalarse y mantenerse.
  • Norma de dotación: CTE DB-SI para edificios de uso general, RSCIEI (RD 164/2025) para establecimientos industriales, y normativa autonómica para usos específicos. Determinan cuántos y dónde.

El RD 164/2025 actualizó el RSCIEI en mayo de 2025, introduciendo una clasificación de riesgos más precisa y elevando las exigencias de dotación en establecimientos industriales de riesgo medio y alto.

2. Tipos por agente extintor

La elección del tipo de extintor correcto es tan importante como tenerlo. Un extintor inadecuado para la clase de fuego no solo es ineficaz — puede agravar el incendio o generar riesgos adicionales para las personas.

Polvo polivalente ABC

Es el extintor más versátil y el más instalado en España. El agente activo es el fosfato monoamónico, que actúa sobre fuegos de clase A (sólidos: madera, papel, textiles), clase B (líquidos inflamables: gasolina, aceites) y clase C (gases: butano, propano). Es la opción por defecto para locales de uso general.

Limitación crítica: el polvo ABC es altamente corrosivo y daña de forma irreparable los equipos electrónicos. En salas de servidores, cuadros eléctricos y centros de proceso de datos, debe usarse CO₂ o agentes limpios.

Para locales de uso general con riesgo clase A y B: Ver extintor 6 kg polvo ABC homologado →

Para alta eficacia con certificado de instalación: Ver extintor 6 kg ABC con señal y certificado →

CO₂ (dióxido de carbono)

Actúa por sofocación y enfriamiento. No deja residuo, lo que lo hace idóneo para equipos electrónicos, garajes y laboratorios. Eficaz sobre fuegos clase B y C. No puede usarse en espacios muy confinados sin ventilación.

Para garajes, cuadros eléctricos y CPD: Ver extintor CO₂ 2 kg →

Clase F (aceites y grasas de cocina)

Imprescindible en cocinas industriales. Actúa por saponificación sobre aceites y grasas vegetales o animales a temperatura de cocción. El polvo ABC y el CO₂ son ineficaces — e incluso peligrosos — ante fuegos clase F. Su obligatoriedad en cocinas con más de 20 kW de potencia instalada está regulada por el CTE DB-SI.

Para cocinas de restaurantes y colectividades: Ver extintor clase F homologado →

Agentes para baterías de litio

Los incendios en baterías de ion-litio (vehículos eléctricos, patinetes, instalaciones de almacenamiento energético) requieren agentes específicos diseñados para absorber el calor del fallo térmico (thermal runaway). Los extintores convencionales controlan el fuego superficial pero no detienen la reacción interna.

Para garajes con vehículos eléctricos y almacenamiento de baterías: Ver extintor específico para baterías de litio →

Para el análisis completo: Tipos de extintor por agente: guía completa.

3. Eficacia: cómo se lee y qué mínimos exige la norma

La eficacia de un extintor es el código alfanumérico de su etiqueta que indica su capacidad de extinción en ensayos normalizados: número + letra A para fuegos sólidos, número + letra B para fuegos de líquidos.

La eficacia mínima universal establecida por el CTE DB-SI para uso general es 21A-113B. Un extintor de 6 kg de polvo ABC cumple habitualmente esta eficacia. Para establecimientos industriales de riesgo alto, el RSCIEI puede exigir eficacias superiores (27A-183B) y extintores sobre ruedas.

Para entender el código en detalle: Qué significa la eficacia 21A-113B: guía completa.

4. Dotación mínima por uso de edificio

Dotación mínima de extintores por norma y uso
Norma Uso / Establecimiento Eficacia mínima Observaciones
CTE DB-SI Todos los usos (universal) 21A-113B 1 extintor cada 15 m de recorrido
CTE DB-SI Local de riesgo especial bajo 21A-113B 1 extintor en el interior del local
CTE DB-SI Cocina industrial >20 kW 21A-113B + clase F Extintor clase F obligatorio
RSCIEI Industrial riesgo bajo 21A-113B Según tabla RSCIEI
RSCIEI Industrial riesgo medio 21A-113B + carro 25 kg Carros complementan, no sustituyen
RSCIEI Industrial riesgo alto 27A-183B + carro 50 kg Mayor eficacia por mayor carga de fuego
Decreto 28/2016 (Andalucía) Vivienda uso turístico 21A-113B En zona de cocina
Normativa vehículos 2025 Camiones MMA 3.500-7.000 kg 21A-113B mín. En vigor desde mayo 2025

5. Distancia máxima y altura de colocación

El artículo 9 del RIPCI establece dos requisitos físicos de obligado cumplimiento:

  • Recorrido máximo: 15 metros desde cualquier punto del local hasta el extintor más próximo, medidos por el camino real (sorteando obstáculos), no en línea recta.
  • Altura máxima: la parte superior del extintor no puede superar 1,70 metros sobre el suelo.

Para locales de riesgo especial alto, la distancia máxima se reduce a 10 metros. En establecimientos industriales RSCIEI tipo D y E, el recorrido puede ampliarse hasta 25 metros.

Los extintores deben colocarse preferentemente junto a las salidas de evacuación y cerca de los puntos de mayor riesgo de inicio de incendio. Para los soportes de pared necesarios: Ver soportes de extintor homologados →

Para extintores con señal y soporte incluidos: Ver pack extintor con señal y soporte →

6. Señalización obligatoria

Todo extintor debe estar señalizado con la señal normalizada conforme a la norma UNE 23033: pictograma de extintor en blanco sobre fondo rojo. La señal debe colocarse por encima del extintor, visible desde la distancia de uso.

El CTE DB-SI establece las dimensiones mínimas: 210×210 mm para distancias hasta 10 metros, 420×420 mm para distancias de 10 a 20 metros.

Señales homologadas clase B para uso general: Ver señal de extintor clase B homologada →

Para el análisis completo: Señalización obligatoria de extintores: norma UNE 23033.

7. Mantenimiento: Tabla I del RIPCI

La Tabla I del Anexo II del RIPCI establece tres niveles de mantenimiento para extintores:

Tabla I RIPCI — Mantenimiento de extintores
Nivel Operación Periodicidad Ejecutor
1 Comprobación visual de accesibilidad, señalización, precintos, estado aparente, peso y presión Trimestral Titular o empresa mantenedora
2 Revisión completa: peso, presión, boquilla, válvula, manguera, agente extintor Anual Empresa habilitada
3 Retimbrado o prueba de presión (ITC-MIE-AP5) Cada 5 años Empresa habilitada

Para legalización y mantenimiento con empresa habilitada: Servicio de legalización y mantenimiento PCI →

Análisis completo: Revisión y mantenimiento de extintores: Tabla I completa.

8. Homologación y marcado CE: norma UNE-EN 3

Todo extintor comercializado en España debe cumplir la norma UNE-EN 3-7 (extintores portátiles) o UNE-EN 1866-1 (extintores sobre ruedas) y llevar el marcado CE. El marcado CE garantiza que el producto ha superado los ensayos de eficacia, resistencia a presión, resistencia a la corrosión y seguridad de uso establecidos en la norma.

La etiqueta del extintor debe incluir: clase de fuego, eficacia, agente extintor, capacidad, instrucciones de uso, número de serie y fecha de fabricación. Para el análisis completo de la norma de producto: UNE-EN 3: homologación y marcado CE de extintores.

9. Extintores sobre ruedas

Los extintores sobre ruedas son obligatorios en establecimientos industriales de riesgo medio (carros de 25 kg ABC) y alto (carros de 50 kg ABC) según el RSCIEI. No sustituyen a los extintores portátiles — los complementan para aumentar la capacidad de primera intervención.

Carro 25 kg polvo ABC para industrial riesgo medio: Ver carro extintor 25 kg ABC →

Carro 50 kg polvo ABC para industrial riesgo alto: Ver carro extintor 50 kg ABC →

10. Preguntas frecuentes

¿Cuántos extintores necesito en mi local?

Depende de la distribución del local, no solo de la superficie. La regla es que desde cualquier punto el recorrido real hasta el extintor más próximo no supere 15 metros. En un local rectangular sin obstáculos, un extintor cubre aproximadamente 225 m². Con obstáculos, la cobertura real es menor. Además, los locales de riesgo especial (cocinas con más de 20 kW, almacenes de más de 100 m²) necesitan su propio extintor independientemente de los del área general.

¿Con qué frecuencia hay que revisar los extintores?

La Tabla I del RIPCI establece tres frecuencias: trimestralmente el titular debe comprobar la accesibilidad y el estado aparente. Anualmente una empresa habilitada realiza la revisión completa. Cada cinco años se realiza el retimbrado o prueba de presión. El incumplimiento es infracción grave con sanciones de hasta 30.050 euros.

¿Un extintor de polvo ABC sirve para una cocina de restaurante?

El polvo ABC no es eficaz contra fuegos clase F (aceites y grasas de cocina) y puede provocar proyecciones violentas de aceite ardiendo. En cocinas con aparatos de cocción con aceites o grasas, es obligatorio disponer de un extintor clase F específico, además del extintor de polvo ABC general del local.

¿Los extintores tienen fecha de caducidad?

Los extintores no tienen una fecha de caducidad fija como tal, pero tienen una vida útil máxima aproximada de 20 años, sujeta a superar los retimbrados quinquenales. Si el recipiente no pasa la prueba de presión del quinto año, debe sustituirse. Lo que sí tiene fechas concretas es el programa de mantenimiento: revisión trimestral, anual y retimbrado cada 5 años.

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Preguntas frecuentes sobre extintores: normativa, tipos y obligaciones

¿Cuándo es obligatorio tener un extintor?

El RIPCI (RD 513/2017) y el CTE DB-SI establecen la obligatoriedad de extintores en prácticamente todos los edificios de uso no residencial y en viviendas comunitarias. La obligación depende del uso, la superficie y el nivel de riesgo del local.

¿Cada cuánto hay que revisar los extintores?

Según la Tabla I del RIPCI, los extintores deben revisarse cada 3 meses (comprobación visual), cada año (revisión por empresa mantenedora habilitada) y cada 5 años (retimbrado o prueba de presión).

¿Qué tipo de extintor es obligatorio en una cocina?

En cocinas domésticas es recomendable un extintor de CO₂ o polvo ABC. En cocinas industriales con freidoras o aceite caliente es obligatorio un extintor de clase F (para fuegos de aceites y grasas) y, según la potencia, un sistema de extinción automática bajo campana.

¿Dónde debe colocarse el extintor según la normativa?

El RIPCI exige que los extintores se coloquen en lugares visibles y accesibles, señalizados según UNE 23033, con la parte superior del extintor a una altura máxima de 1,70 metros del suelo, y que ningún punto del local esté a más de 15 metros de recorrido del extintor más próximo.