Los extintores requieren revisión trimestral, anual por empresa habilitada y retimbrado cada 5 años. Sin revisión vigente no cuentan como instalados.
1. Revisión trimestral: qué comprobar
La comprobación trimestral puede realizarla el propio titular del establecimiento. Debe verificar:
- Accesibilidad del extintor: libre de obstáculos, en su lugar habitual.
- Señalización visible y en buen estado.
- Estado aparente del extintor: sin golpes, corrosión ni deterioro visible.
- Precinto y seguro en su sitio, sin signos de uso.
- Inscripciones legibles.
- Peso correcto (extintores de polvo: comprobar que no ha habido pérdida de carga).
- Presión correcta en el manómetro (si lleva manómetro): aguja en zona verde.
Estas comprobaciones deben quedar anotadas en el libro de mantenimiento.
2. Revisión anual: empresa habilitada
La revisión anual debe realizarla una empresa instaladora/mantenedora habilitada. Incluye:
- Verificación del peso y presión del agente.
- Inspección del estado de la manguera, boquilla o lance y válvulas.
- En extintores de polvo: verificación del buen estado del polvo (sin apelmazamiento).
- En extintores de CO₂: pesado preciso del recipiente.
- Comprobación del correcto funcionamiento del seguro y el pin.
- Emisión del parte de revisión y actualización de la etiqueta de mantenimiento.
3. Retimbrado quinquenal
A los 5 años desde la fecha de fabricación (indicada en el extintor), el recipiente debe someterse a una prueba de presión hidráulica (retimbrado) conforme a la ITC MIE-AP5 del Reglamento de Aparatos a Presión. Esta prueba verifica que el recipiente sigue siendo seguro para contener gas a presión.
Si el extintor no supera la prueba de presión, debe ser retirado de servicio. Si la supera, se le coloca un timbre de retimbrado y puede seguir en servicio hasta el siguiente retimbrado (5 años más) o hasta la siguiente fecha de vida útil máxima.
Vida útil máxima: la mayoría de los extintores tienen una vida útil máxima de 20 años desde la fecha de fabricación, momento en que deben ser sustituidos independientemente de su estado aparente.
4. Quién puede hacer cada revisión
| Revisión | Quién puede realizarla |
|---|---|
| Trimestral | Titular del establecimiento o empresa mantenedora |
| Anual | Empresa instaladora/mantenedora habilitada |
| Quinquenal (retimbrado) | Empresa instaladora/mantenedora habilitada + taller autorizado |
5. Caducidad del extintor
Un extintor está «caducado» cuando ha vencido el plazo para su revisión anual sin haber sido revisado. Legalmente, un extintor sin revisión anual en vigor no cuenta como extintor instalado a efectos del cumplimiento de la normativa, aunque físicamente esté en su sitio.
La etiqueta de mantenimiento pegada en el extintor debe indicar la fecha de la última revisión y el nombre de la empresa que la realizó. Si esta fecha supera los 12 meses, el extintor debe revisarse de inmediato.