Qué instalaciones PCI son obligatorias en restaurantes, comunidades de vecinos, naves industriales, garajes, hoteles y vehículos según la normativa.
En Seguridad PCI analizamos cada tipo de establecimiento según la norma que le aplica. El uso del edificio, su superficie y su configuración determinan qué equipos PCI son obligatorios y desde qué umbrales.
Restaurantes y cocinas industriales
Los restaurantes son establecimientos de pública concurrencia regulados por el CTE DB-SI. Las cocinas con aparatos de cocción de alta potencia (más de 50 kW) se clasifican como locales de riesgo especial medio o alto, lo que exige sectorización, extintor de clase F, sistema de extinción automática bajo campana y en muchos casos BIE. La norma UNE-EN 13773 regula específicamente los sistemas de extinción automática para cocinas industriales.
Comunidades de vecinos
Los edificios de uso Residencial Vivienda están regulados por el CTE DB-SI. Los extintores son obligatorios en zonas comunes a partir de ciertos umbrales de superficie y en aparcamientos integrados. La BIE es obligatoria en garajes de más de 100 plazas. El mantenimiento trimestral y anual lo puede gestionar una empresa habilitada o la propia comunidad en las comprobaciones básicas.
Garajes y parkings
Los aparcamientos se clasifican como uso Aparcamiento en el CTE DB-SI, con requisitos específicos según el número de plazas. Los extintores de CO₂ son los más adecuados para fuegos de vehículos. La BIE es obligatoria en garajes de más de 100 plazas. La irrupción de los vehículos eléctricos ha añadido nuevos requisitos normativos para la gestión de incendios de baterías de litio.
Hoteles y alojamientos turísticos
Los establecimientos hoteleros son uso Residencial Público en el CTE DB-SI. A partir de 1.000 m² son obligatorias las BIE. Los hoteles de más de 28 metros de altura o con más de 100 habitaciones requieren sistemas de detección automática. Las viviendas de uso turístico tienen requisitos específicos en cada comunidad autónoma, siendo Andalucía una de las más exigentes.
Vehículos y transporte
La normativa sobre extintores en vehículos es una de las más consultadas. Los camiones y autobuses tienen requisitos específicos que se actualizaron en 2025. Los turismos no tienen obligación legal de llevar extintor, aunque es muy recomendable. Los vehículos de transporte de mercancías peligrosas (ADR) tienen sus propios requisitos.