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RIPCI — Tabla I: mantenimiento de extintores, BIE y sistemas PCI

La Tabla I del RIPCI establece las operaciones de mantenimiento trimestral, anual y quinquenal para extintores, BIE, detección y extinción automática. RIPCI — Tabla I: mantenimiento de extintores, BIE…

La Tabla I del RIPCI establece las operaciones de mantenimiento trimestral, anual y quinquenal para extintores, BIE, detección y extinción automática.

1. Qué es la Tabla I y por qué es obligatoria

La Tabla I está incluida en el Anexo II del RIPCI y establece el programa mínimo de mantenimiento para cada tipo de instalación PCI. Es de obligado cumplimiento para todos los titulares de establecimientos con instalaciones PCI, independientemente del uso del edificio o del tipo de actividad.

Las operaciones de la Tabla I se clasifican en tres niveles de periodicidad:

  • Trimestral: comprobaciones visuales y funcionales básicas. Pueden realizarlas el propio titular o una empresa mantenedora.
  • Anual: revisiones más completas. Deben realizarlas empresas instaladoras/mantenedoras habilitadas.
  • Quinquenal (cada 5 años): pruebas de presión y retimbrados. Deben realizarlas empresas habilitadas.

El incumplimiento del programa de mantenimiento es una infracción grave según el artículo 28 del RIPCI, con sanciones de hasta 30.050 euros.

2. Extintores portátiles — Tabla I RIPCI

Mantenimiento de extintores según Tabla I del RIPCI
PeriodicidadOperaciónQuién
Trimestral Comprobación de accesibilidad, señalización, buen estado aparente de conservación, seguros, precintos, inscripciones, manguera y boquilla o lance. Comprobación del peso y presión en su caso. Titular o empresa mantenedora
Anual Comprobación del peso y presión. Inspección ocular del estado de la manguera, boquilla o lance, válvulas y partes mecánicas. En extintores de polvo: comprobación del buen estado del agente extintor. En extintores de CO₂: pesado del recipiente. Empresa instaladora/mantenedora habilitada
Cada 5 años A partir de la fecha de fabricación del extintor, en función de lo indicado en la ITC, se procederá al retimbrado del mismo de acuerdo con la ITC MIE-AP5 del Reglamento de Aparatos a Presión. Empresa instaladora/mantenedora habilitada

Servicio de mantenimiento y legalización de extintores →

3. Bocas de incendio equipadas (BIE) — Tabla I RIPCI

Mantenimiento de BIE según Tabla I del RIPCI
PeriodicidadOperaciónQuién
Trimestral Comprobación de la buena accesibilidad y señalización de los equipos. Comprobación por inspección de todos los componentes, procediendo a desenrollar la manguera en toda su extensión y accionamiento de la boquilla. Comprobación de la presión de servicio con manómetro. Titular o empresa mantenedora
Anual Desmontaje de la manguera y ensayo en lugar adecuado. Comprobación del correcto funcionamiento de la boquilla en sus distintas posiciones y del sistema de cierre. Comprobación de la estanqueidad de los racores y manguera y estado de las juntas. Comprobación de la indicación del manómetro con otro de referencia acoplado en el racor de conexión de la manguera. Empresa instaladora/mantenedora habilitada
Cada 5 años La manguera debe ser sometida a una presión de prueba de 15 kg/cm². Empresa instaladora/mantenedora habilitada

4. Sistemas de detección y alarma — Tabla I RIPCI

Mantenimiento de sistemas de detección según Tabla I del RIPCI
PeriodicidadOperaciónQuién
Trimestral Comprobación de funcionamiento de las instalaciones (con cada fuente de suministro). Sustitución de pilotos, fusibles, etc., defectuosos. Mantenimiento de acumuladores (limpieza de bornas, reposición de agua destilada, etc.). Empresa instaladora/mantenedora habilitada
Anual Comprobación integral de la instalación según las instrucciones del fabricante, incluyendo en todo caso: verificación integral de los componentes de la instalación, limpieza del equipo de centrales y accesorios, verificación de uniones roscadas o soldadas, limpieza y reglaje de relés, regulación de tensiones e intensidades, verificación de los equipos de transmisión de alarma, prueba final de la instalación con cada fuente de suministro eléctrico. Empresa instaladora/mantenedora habilitada

5. Extinción automática — Tabla I RIPCI

Mantenimiento de extinción automática según Tabla I del RIPCI
PeriodicidadOperaciónQuién
Trimestral Comprobación de que las boquillas del agente extintor o rociadores están en buen estado y libres de obstáculos para su funcionamiento correcto. Comprobación del buen estado de los componentes del sistema, especialmente de la válvula de prueba en los sistemas de rociadores, o los mandos manuales de la instalación de los sistemas de polvo, o agentes extintores gaseosos. Comprobación del estado del indicador de la presión del botellín de gas impulsor de los sistemas de polvo. Empresa instaladora/mantenedora habilitada
Anual Comprobación integral de la instalación de acuerdo con las instrucciones del fabricante o la norma de aplicación. Empresa instaladora/mantenedora habilitada

6. Señalización y alumbrado de emergencia — Tabla I RIPCI

Mantenimiento de señalización y emergencia según Tabla I del RIPCI
PeriodicidadOperaciónQuién
Trimestral Comprobación de que las señales están en su lugar, son visibles, sin deterioro y los equipos de alumbrado de emergencia funcionan correctamente. Titular o empresa mantenedora
Anual Mantenimiento según las instrucciones del fabricante. Empresa instaladora/mantenedora habilitada

7. Quién puede realizar el mantenimiento

El RIPCI distingue dos tipos de operaciones según quién puede realizarlas:

  • El propio titular del establecimiento puede realizar las comprobaciones trimestrales de extintores, BIE y señalización, siempre que tenga los conocimientos básicos necesarios y disponga de los medios para ello.
  • Empresa instaladora/mantenedora habilitada es imprescindible para todas las revisiones anuales, quinquenales y para todas las operaciones sobre sistemas de detección y extinción automática (incluso las trimestrales).

La empresa mantenedora debe estar inscrita en el registro correspondiente de la comunidad autónoma y cumplir los requisitos técnicos del Anexo III del RIPCI.

Ver servicio de empresa mantenedora habilitada →

8. El libro de mantenimiento y el registro

Todas las operaciones de mantenimiento deben quedar registradas en el libro de mantenimiento de la instalación. Este documento debe estar disponible en el establecimiento para su presentación a la administración en caso de inspección.

El libro debe incluir: fecha de cada operación, operaciones realizadas, resultado, empresa o persona que la realizó y firma del responsable. La ausencia de registro equivale a ausencia de mantenimiento a efectos de la inspección administrativa.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la Tabla I del RIPCI?

La Tabla I del RIPCI (RD 513/2017) establece las operaciones de mantenimiento y su periodicidad para todos los equipos y sistemas PCI: extintores, BIE, rociadores, detección, extinción automática, señalización y alumbrado de emergencia.

¿Con qué frecuencia hay que mantener los sistemas de detección según la Tabla I?

Los sistemas de detección deben someterse a comprobación trimestral (verificación de señalización de avería y alarma) y a revisión anual completa por empresa mantenedora habilitada que incluya la prueba de todos los detectores.

¿Quién debe conservar el libro de mantenimiento PCI?

El titular de la instalación es responsable de conservar el libro de mantenimiento con todas las actas de revisión firmadas por la empresa mantenedora. Debe estar disponible para inspección por las autoridades competentes.

¿Qué pasa si no se realiza el mantenimiento según la Tabla I del RIPCI?

El incumplimiento constituye una infracción sancionable. En caso de siniestro, el incumplimiento puede anular la cobertura del seguro y generar responsabilidad civil directa del titular de la instalación.